Lío en MotoGP: reglamento FIM

¡Qué tal amigos!

Hoy rompemos la racha de capítulos del análisis de la motoruta VectorNote Extrem para tratar un tema de extremada actualidad: la marimorena que se armó en Termas de Río Hondo (Argentina). A pesar que las cuestiones jurídico-deportivas en ocasiones no son sencillas, vamos a tratar de dar luz al tema analizando el reglamento FIM, pues al fin y al cabo es lo que regula la competición más allá de las opiniones subjetivas de los pilotos, equipos, seguidores y fanclubs. Han pasado ya varios días desde la carrera y el tema sigue «caliente» en la prensa y redes sociales.

HECHOS

Ocurrieron varios incidentes entre pilotos a lo largo de la carrera de la categoría de MotoGP en el Gran Premio de Termas de Río Hondo (Argentina). Además de los cambios en la parrilla de salida por cambio de neumáticos todos los pilotos (excepto Jack Miller), hubo acciones de carrera entre pilotos con sanción y otras no..

Dirección de Carrera debe velar por la seguridad de todos los pilotos

Os diréis, muy bien… ¿y qué? Pues vamos a ver la herramienta con la que los jueces en este deporte tiene que lidiar esta clase de problemas.

REGLAMENTO FIM MOTOGP

El reglamento de la competición se puede consultar abiertamente. Si nos dirigimos al tema que nos interesa, hay que comenzar diferenciando a Dirección de Carrera del MotoGP Stewards Panel (Panel de Comisarios), que es quien sanciona.

Dirección de Carrera (Art. 1.6)

Como vemos, está formada por 1 representante de la FIM, 1 representante de DORNA y 1 representante de la International Road-Racing Teams Association (IRTA).

Funciones (Art. 1.6.5):

a) Tomar decisiones según lo dispuesto en el Reglamento.
b) Supervisar asuntos operacionales para asegurar el funcionamiento seguro, eficiente y puntual del evento de acuerdo con las Regulaciones del Gran Premio del Campeonato Mundial FIM.
c) Realizar cambios en la conducta y/o formato de una carrera y/o una sesión de práctica basada en consideraciones de seguridad, siempre que dicha decisión sea absolutamente necesaria para resolver una situación no prevista en las Regulaciones del Gran Premio del Campeonato Mundial FIM. En casos excepcionales, tal decisión puede prevalecer sobre las disposiciones específicas de los Reglamentos del Gran Premio del Campeonato Mundial FIM.
d) Siempre que sea absolutamente necesario para resolver una situación no prevista en el Reglamento, la Dirección de Carrera puede emitir instrucciones o aclaraciones previas a la carrera y, en casos específicos, incluso crear regulaciones previas a la carrera (por ejemplo, para tener en cuenta las condiciones locales en un circuito particular). Sin embargo, tales acciones solo pueden tomarse dentro de los límites establecidos por las Regulaciones del Gran Premio del Campeonato Mundial FIM.

FIM MotoGP Stewards Panel

Habrá un panel compuesto por tres personas; el Director de Carrera que será un miembro permanente y que presidirá las reuniones, y dos Comisarios de la FIM.

Funciones (Art. 1.7.6):
a) Tomar decisiones según lo dispuesto en el Reglamento.
b) Imponer sanciones por infracciones del Reglamento.
c) Juzgar sobre cualquier protesta relacionada con infracciones del Reglamento.

Imagino que con este dato, ahora entendéis porque la prensa -en general- confunde los dos órganos: Mike Webb es el miembro permanente de Dirección de Carrera que también se encuentra en el Panel de Comisarios.

En 2017 la FIM eliminó del Reglamento el carnet por puntos argumentando que los comisarios de carrera ya tienen suficientes mecanismos de sanción

©MotoGP

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Código Disciplinario y de Arbitraje (Art. 3)

El FIM MotoGP Stewards Panel (Panel de Comisarios) tiene la autoridad para penalizar a los pilotos, personal de los equipos, oficiales, promotores/organizadores y todas las personas involucradas en cualquier capacidad en un evento o en el Campeonato, sin la necesidad de una audiencia en el caso de ofensas menores (Art 3.3.2.2). Además, el FIM MotoGP Stewards Panel puede remitir el caso al Tribunal de Apelaciones de MotoGP para imponer una penalización más alta que la que el FIM MotoGP Stewards Panel tiene la potestad de hacer.

LAS SANCIONES «POLÉMICAS» EN TERMAS DE RÍO HONDO

1) «Procedimiento de Reinicio Rápido» cuando 2 o más pilotos inician la vuelta de calentamiento desde el pit lane, la carrera comienza desde los últimos cuadros de la parrilla, en función de su orden de inicio. Como comentábamos al inicio del post, solo salió con neumáticos secos Jack Miller. El resto de ellos, salió 12 puestos atrás.

2) Marc Márquez (MM) tuvo una incidencia con su motor y se le apagó. El artículo 1.18.13 prevé que «Cualquier piloto que tenga un problema con su moto en la vuelta de calentamiento puede regresar al pit lane y hacer reparaciones, o cambiar de moto (solo en MotoGP)». Además, el mismo artículo dice expresamente que «Cualquier piloto que apague el motor en la parrilla de salida o que tenga otras dificultades debe permanecer en la moto y levantar un brazo. No está permitido intentar retrasar el inicio por ningún otro medio». La sanción por esta acción fue de un ride through. Hay que tener en cuenta que el Panel de Comisarios podría también haber sancionado con la bandera negra (descalificación) pues es una acción sobre la que el reglamento no recoge específicamente la sanción.

3) MM toca a Aleix Espargaró en una curva y se le obliga a devolver la posición.

4) MM se toca con Valentino Rossi y se le penaliza con 30 segundos a añadir a su tiempo final. ¿Podría haber sido acción constitutiva de bandera negra por exceso de agresividad? Lo que parece evidente a la vista de los hechos, es que van a tratar el tema más a fondo (y antes del Gran Premio de Austin).

¿Serian sancionables en base al Art. 1.11.4.1 «Pronunciamientos públicos por equipos y pilotos» las palabras de Valentino Rossi al terminar el Gran Premio?

El reglamento recoge que «Los equipos y pilotos deben evitar cualquier declaración pública o comunicado de prensa que pueda dañar o afectar negativamente el Campeonato Mundial de MotoGP». Tras varios días intentando calmar las aguas, finalmente Mike Webb aclaró al diario Marca que «el Panel de Comisarios y la Dirección de Carrera FIM se esfuerzan por ser profesionales, justos y fidedignos. Es algo natural en esta vida que todas las partes involucradas, o incluso que sólo estén viendo cualquier incidente, tengan sus propias opiniones, y tienen derecho a expresarlas». Además, aclaró que los incidentes Márquez con A. Espargaró y Rossi no fueron iguales que los incidentes Zarco-Pedrosa y A. Espargaró-Petrucci.

©MotoGP

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CONCLUSIONES

Tras examinar los hechos ocurridos y analizado el Reglamento FIM MotoGP, debemos respetar las decisiones impuestas a los pilotos por los jueces del campeonato. Tal y como sucede con el resto de deportes, son ellos los encargados de aplicar el reglamento y sus diferentes interpretaciones.

Quizá seria conveniente a la vista de este incremento de la «agresividad» a los lomos de estas motos tan rápidas que se debiera establecer otros criterios más restrictivos ante determinadas conductas en la pista. Ahora bien, es muy importante establecer desde el comienzo esa unificación de criterio para que en todos los Grandes Premios, las mismas acciones sean sancionadas de la misma manera. A esto se le llama consistencia y de esta forma la credibilidad ante los pilotos, equipos y espectadores seria mucho mayor.

Para ir acabando… un piloto de motociclismo puede tener un estilo más agresivo que otros. No obstante, si  el FIM MotoGP Stewards Panel (Panel de Comisarios) sanciona estas conductas, al piloto no le quedará más remedio que adaptarse a las reglas del juego. Os pongo el paralelismo con el futbol con la tarjeta roja por acciones claramente agresivas; o el baloncesto con la falta antideportiva o descalificante. Ha sido solo a base de sancionar las acciones de manera unificada por el colectivo arbitral cuando los jugadores que las cometían «o se adaptaban o no estarían en el terreno de juego mucho tiempo».

¿No creéis que algo parecido podría pasar en MotoGP?


Deseando que os haya sido de interés este largo y entretenido post, regresamos el jueves próximo con más novedades. ¡No nos falléis!

Héctor Carmona

Licenciado en Derecho, Especialista en derecho del Deporte.

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